El Ministerio de Hacienda nos recuerda que la referencia catastral es el identificador oficial y obligatorio de los bienes inmuebles: como si dijéramos la matrícula de las viviendas. Una matrícula de la que solemos ocuparnos únicamente cuando se hace la declaración de la renta, ya que ahí tenemos que identificar nuestras propiedades, ya sea vivienda habitual, segunda residencia o un inmueble como inversión.
La referencia catastral está compuesta por veinte caracteres, que pueden estar estructurados de distintas formas según sea finca rústica o urbana. Pero lo que sí debe garantizar una referencia catastral es la identificación exacta y unívoca al punto donde se ubica la vivienda.
Índice
Estructura de referencias catastrales rústicas y urbanas
Ya mencionamos que las referencias catastrales se componen de veinte caracteres. Existe una diferencia en la forma de estructurar los mismos según se trate de fincas rusticas o urbanas.
Dicho de una forma rápida y sencilla podemos explicar las fincas rústicas como aquellos terrenos en los que “no se puede construir por definición” y que se suelen tener un aprovechamiento agrario, ganadero, forestal o cinegético. Mientras que por finca urbana se entiende la construcción habitable adscrita a un suelo con una finalidad residencial, industrial o comercial.
Igualmente, en el siguiente artículo puedes obtener información sobre qué es el valor catastral de un inmueble.
Fincas rústicas
En el caso de una finca rústica los caracteres responden a la siguiente estructura:
a) Dos primeros dígitos identifican la provincia
b) Los tres siguientes dígitos identifican el municipio
c) Carácter que identifica el sector, señalando el agregado o zona de concentración parcelaria (en su caso)
d) Las tres cifras siguientes sirven para identificar el polígono.
e) Las cinco cifras que salen a continuación corresponden a cada parcela dentro del polígono.
f) Los cuatro caracteres siguientes identifican los inmuebles dentro de la parcela.
g) Los dos últimos caracteres se llaman de control y atienden a un algoritmo que verifica si los dieciocho anteriores son correctos, evitando así errores en la grabación.
Ejemplo: 38-010-A-015-00444-0001-XY
Fincas urbanas
Para las fincas urbanas la codificación es más sencilla y atiende a los siguientes criterios:
a) Las siete primeras cifras identifican la finca o parcela
b) Los siguientes siete indican la hoja del plano donde se ubica dicho inmueble o terreno
c) Los cuatro siguientes dígitos identifican el inmueble dentro de la finca
h) Al igual que en las rústicas, los dos últimos caracteres se llaman de control y atienden a un logaritmo que verifica si los dieciocho anteriores son correctos.
Ejemplo: 9543645-LM24245-0003-SD
No puede haber dos referencias catastrales iguales
La importancia y permanencia de la referencia catastral se explica desde el principio de seguridad jurídica que rige nuestro ordenamiento legal. Una dirección física puede cambiar su denominación por dos motivos: porque se cambia el nombre de la calle o porque se remuneran los inmuebles. Pero la referencia catastral permanece y hay que dar seguridad tanto en la identificación unívoca de los bienes inmuebles como en el registro de dicha propiedad.
Tanto en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) como en la declaración anual del Impuesto sobre la Renta tendremos que referirnos a dicha referencia catastral para identificar los bienes de nuestra propiedad, para proceder a la liquidación del impuesto.
¿Cómo puedo saber la referencia catastral de un inmueble?
En el buscador de inmuebles de la página oficial de la Sede Electrónica del Catastro seleccionando por Calle o Número, podrás localizar la vivienda y solo hará falta saber algunos datos de la dirección interna como bloque, puerta, piso o escalera para concretar la búsqueda. En el caso de parcelas o polígonos la búsqueda se acota por provincia, municipio, el número de polígono y la parcela.
Otra opción que se permite de buscar es por coordenadas GPS o por el CRU (Código Registral Único), que no es sino un código de 14 dígitos que los registros de la propiedad asignan a cada finca y que no tiene nada que ver con la referencia catastral.
Telefónicamente la línea directa del Catastro (902 37 36 35 o 91 387 45 50) también nos podrá facilitar la información necesaria sobre la referencia catastral.