Debido a la gran demanda de alquiler de pisos turísticos que se ha dado en las grandes ciudades españolas como Madrid, Málaga o Sevilla en los últimos años, ha sido necesario hacer una nueva legislación que regule el mercado del alquiler a favor de los particulares que buscan vivienda para largas estancias. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos aparece a finales del año 2018 como necesidad para modificar las condiciones que arrendamiento que no habían sido cambiadas desde 1994, con algunas modificaciones importantes.
En Gilmar, líderes en el sector inmobiliario en los núcleos de población más grandes de toda España, abogamos por el bienestar de nuestros arrendadores y arrendatarios, haciendo de intermediarios entre ambas partes para encontrar siempre el mejor equilibrio entre ambos.
Si tú también estás pensando en alquilar una vivienda este 2019, estas son las principales pautas que han sido modificadas gracias a la Ley de Arrendamientos Urbanos y que te interesan como arrendador.
Índice
¿Qué cambios se incluyen en la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos?
Plazo de alquiler mínimo
Si bien el plazo de alquiler mínimo que se incluía en los contratos con anterioridad era de 3 años, a partir de la nueva ley pasa a ser de 5 años. La prórroga obligatoria de alquiler pasa de 3 a 5 años, pudiendo ser de hasta 7 años como mínimo si se trata de una empresa o sociedad quién alquila el espacio o la vivienda.
A pesar de que ambas partes son responsable de pactar este plazo de mutuo acuerdo, el inquilino puede exigir una duración del contrato de al menos 5 años si lo desea.
Fianza
En cuanto a la fianza entregada para el alquiler, la actualización de la cantidad solo se podrá hacer en caso de prórroga del contrato, sin tener derecho a exigir una cantidad de dinero diferente mientras dure el contrato pactado en un primer momento.
El arrendador también tiene derecho a pactar la cantidad de fianza entregada con el propietario, y en caso de no llegar a un acuerdo, esta cantidad se calculará en proporción a la actualización de la renta.
En Gilmar siempre mediamos este tipo de trámites y acuerdos entre los arrendadores y arrendatarios, para la seguridad y comodidad de ambas partes. Y en este artículo, además, explicamos lo que debe incluir un contrato de alquiler.
Pago de gastos
En caso de que el alquiler esté puesto a nombre de una persona jurídica, el pago de los gastos correrá a su cargo según la nueva Ley de diciembre de 2018. Es uno de los cambios más significativos de esta temporada.
Estos gastos son los derivados de la intermediación de un agente inmobiliario o un profesional durante la redacción del contrato.
Protección frente a desahucios
Otro de los cambios que ofrece la Ley de Arrendamientos Urbanos es la mayor protección de las familias frente a los desahucios. Sobre todo se hace en caso de familias con mayor vulnerabilidad, atendiendo a las necesidades de cada caso según estime la Administración Pública.
En aquellos casos en los que una familia necesite asistencia, se le buscará una alternativa habitacional, agilizando la coordinación entre juzgados y servicios sociales en expedientes abiertos. La prórroga será de hasta 1 mes para buscar una solución, sin que nadie se pueda quedar desamparado, y de hasta 2 meses si se trata de una persona jurídica o empresa quién está a cargo del alquiler.
Pisos turísticos
La última gran modificación que notamos en la nueva ley es la capacidad que obtienen las comunidades de vecinos para vetar los pisos turísticos, siempre que lo decida una parte importante de los propietarios.
De esta forma se intenta frenar la presión del piso turístico que está atenazando el alquiler en las principales ciudades de España, con la protección de determinados edificios que se encuentran en riesgo. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos solo afecta a los nuevos pisos que se incorporan al mercado de alquiler tras la fecha de aprobación, a partir del 14 de diciembre de 2018, que es cuando entró en vigor esta ley.
Con todas estas nueva modificaciones de la legislación se pretende buscar la protección de los inquilinos sin dejar de prestar derechos básicos a los propietarios, para mayor comodidad y fluidez en el mercado inmobiliario.
Si tienes cualquier duda tras la aprobación de esta nueva Ley de Arrendamientos Urbanos, en Gilmar podemos ayudarte durante todo el procedimiento de alquiler, tanto si eres arrendador como si eres arrendatario. ¡Consúltanos!
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