El IPC (índice de precios al consumo) ha sido el índice que se ha tomado como referencia para el incremento del precio del alquiler por parte de los propietarios hasta el año 2022. Los efectos de la crisis económica derivados de la emergencia sanitaria por el Covid-19 y del conflicto armado entre Ucrania y Rusia fueron los responsables de que el Gobierno decidiera incluir entre sus medidas anticrisis una modificación, pasando a basarse este incremento en el índice de garantía de competitividad (IGC). 

Sin embargo, y a pesar de que el pasado 27 de diciembre de 2022 el Consejo de Ministros aprobó la prórroga de estas medidas para limitar al 2% la subida de los alquileres en todo 2023, es necesario conocer cómo se produciría la subida del alquiler de acuerdo al IPC. Un incremento que, de no prorrogarse las medidas establecidas, volverá a establecerse en base al IPC en el año 2024.

¿Qué es el IPC?

Para entender la actualización de la renta con el IPC es necesario conocer bien primero qué es este último. Cuando hablamos de IPC nos referimos al Índice de Precios al Consumo y es el indicador que mide el impacto del incremento de los precios de los bienes de consumo en el país. Algo que se traduce en que si este índice es positivo significa que los precios se han incrementado, mientras que si es negativo significa que se ha producido un descenso.

El cálculo de este IPC es responsabilidad del Instituto Nacional de Estadística (INE) a partir de los precios de los productos más consumidos por la población, la conocida como cesta de la compra. Después se compara con los precios de meses anteriores para establecer cuál es el porcentaje. Un índice que en 2022 y a consecuencia de la situación mundial, ha experimentado una gran subida, lo que podría haberse traducido en una gran subida del alquiler de acuerdo al IPC en 2022 de no ser por las medidas anticrisis del Gobierno.

Este IPC también puede influir en la actualización del valor de adquisición de un terreno y ayudar en la declaración del ITP en esta operación (te contamos qué es el ITP en este artículo).

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Cómo se actualiza el precio del alquiler con el IPC

La Ley de Arrendamientos Urbanos cuenta con una cláusula que establece cómo debe llevarse a cabo la actualización de la renta por el IPC. Según esta cláusula cada vez que el contrato cumpla un año, y siempre y cuando dicha cláusula de subida esté reflejada en el contrato de alquiler, se actualizará el precio de la renta para adaptarla a la economía actual

Sin embargo, esta cláusula no indica que el IPC sea el único índice a utilizar para la actualización de la renta, sino que establece que dicha subida no puede superar este indicador. A pesar de esto, ha sido el índice más utilizado hasta 2022 para establecer la subida del precio por alquiler de un bien inmueble.

 

En caso de utilizar el IPC para actualizar la renta dicha actualización debería hacerse en el momento en el que el contrato cumpla un año y deberá aplicarse el valor del IPC publicado dos meses antes a esa fecha, ya que el dato suele publicarse el día 15 de cada mes. Esto quiere decir que si se trata de un mes con valor positivo se incrementará, mientras que, si es negativo, la renta se rebajará. Una vez calculado se deberá avisar al inquilino con un mes de antelación al día en que deba pagar esta nueva mensualidad.

Pero, si bien el IPC había sido el referente para actualizar el precio del alquiler en la mayoría de contratos, a partir del año 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023 este incremento se producirá de acuerdo al IGC o índice de garantía de competitividad, limitándose a un máximo del 2%. De acuerdo a esta medida extraordinaria, todos los contratos que cumplan la anualidad en 2023 se actualizarán con un 2% de máximo con ciertas excepciones contempladas en el Real Decreto Ley 6/2022, como en el caso de que el casero sea una persona particular y no un gran tenedor. 

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¿Suben todos los alquileres de precio?

De la misma manera que no en todos los casos se exige un aval para alquilar un piso, es necesario recalcar que este límite del 2% de acuerdo al IGC establecido para los años 2022 y 2023 no se aplica en todos los casos.

Por ejemplo, los contratos de alquiler de una vivienda habitual que terminen entre el 28 de diciembre de 2023 y el 30 de junio de 2023 podrán prorrogarse a petición del inquilino durante seis meses más desde su finalización manteniendo las condiciones, incluido el precio. Una prórroga que no será posible en caso de que el arrendador necesite la vivienda para su vivienda habitual o la de algún familiar en grado de consanguinidad (o por adopción) o para su cónyuge en caso de separación o divorcio.

Una vez superado el período en el que será el IGC la base que se tomará en cuenta para el incremento del alquiler (hasta el 31 de diciembre de 2023), y de acuerdo a la nueva Ley de Vivienda, la actualización del precio de los alquileres dejará de depender tanto del IPC como el IGC y se regirá por un límite máximo del 3%. A partir de 2025 está previsto que el Gobierno publique un nuevo índice de actualización del precio del alquiler con el objetivo de actualizar todos, aunque por el momento se desconoce cuál será.

Tanto si tienes una vivienda que quieres alquilar como si estás buscando un piso o eres el inquilino de una casa en la ciudad, Gilmar te puede ayudar y asesorar en el proceso. Conocer los límites que ha establecido el gobierno en el marco de la legislación inmobiliaria es fundamental para moverse con seguridad y evitarse sustos posteriores. Hacer las cosas bien desde el principio es muy sencillo de la mano de los profesionales de Gilmar

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