En la actualidad, si alquilas un inmueble, contratar un seguro de impago de alquiler ha dejado casi de ser una opción para pasar a ser una necesidad. Mediante esta interesante herramienta, se asegura el pago de las cantidades adeudadas en caso de que la otra parte no pueda o no quiera hacerse cargo de ellas, es decir, se asegura el cobro de las rentas de alquiler si el inquilino deja de pagar por el motivo que sea.
Es importante destacar que este seguro lo pueden contratar tanto el arrendador o persona que alquila el inmueble como el arrendatario o inquilino. El primero para no quedarse sin el ingreso del alquiler en caso de que el inquilino no le pague. Y el segundo para asegurarse que siempre podrá pagar el alquiler del piso aunque se quede sin ingresos.
En Gilmar, tu consultora inmobiliaria de referencia, te asesorarán sobre cuál es el tipo de seguro que más te conviene contratar, ofreciéndote un amplio abanico de posibilidades para que puedas elegir la opción que más se adapte a tus necesidades. Y para más información no dudes en leer este artículo en el que explicamos las opciones para elegir entre vender o alquilar una vivienda.
Índice
Funcionamiento del seguro de impago de alquiler
La póliza del seguro de impago de alquiler recoge una serie de supuestos en los que se activa la garantía de forma inmediata, así como la cantidad que se percibe como indemnización en cada caso. En el caso del arrendador, para poder cobrar el alquiler impagado, normalmente es necesario que éste se haya reclamado oficialmente y que hayan transcurrido varios meses desde el impago. El cobro puede verse limitado a la existencia de una sentencia en firme que acredite la morosidad.
En el caso de que sea el inquilino quien contrata la póliza de impago de alquiler, las causas para que el seguro sea efectivo son más variadas, ya que se contempla desde quedarse en paro hasta una invalidez temporal o permanente, etc..
¿Qué cubre?
No todos los seguros de impago de alquiler tienen las mismas coberturas, en función de lo contratado tendremos más o menos facilidades a la hora de cobrar la mensualidad o mensualidades, una vez se produzca el impago. En todos los seguros se incluyen límites en cuanto al número de meses impagados que se pueden recuperar. Suele establecerse en los 12 meses, tiempo en el que se estima que el moroso podrá ser desahuciado. Conviene por lo tanto revisar las cuantías máximas que pagará la aseguradora.
Los seguros de impago de alquiler no solo cubren las mensualidades impagadas sino que tienen muchas coberturas más. Hay que analizar cada cobertura para contratar el seguro de impago de alquiler que mejor se adapte a tus necesidades.
Muchos seguros incluyen un servicio de estudio de solvencia del arrendatario para poder adelantarse a posibles situaciones de morosidad. Otras firmas ofrecen una cobertura de defensa jurídica, gracias a la cual se podrá hacer frente a los gastos judiciales que surjan del reclamo del alquiler vía judicial o para defenderse ante posibles demandas de los inquilinos.
A las anteriores coberturas se puede añadir la cobertura por actos vandálicos y desperfectos en la vivienda, que cubre los daños en el momento del desahucio pero no durante el alquiler. Las principales garantías de un seguro de impago de alquiler están relacionadas con:
- Impago de renta: Si los inquilinos dejan de pagar, el seguro de impago se hace cargo de las mensualidades pendientes en base a las condiciones contratadas en la póliza. Lo normal es que se limite a 6, 9 ó 12 meses.
- Gastos de cerrajero y cerradura por desahucio: Si se produce un desahucio están garantizados los gastos correspondientes de la intervención del cerrajero y del cambio de cerradura.
- Actos vandálicos: Cuando se produzcan en el momento del desahucio el seguro de impago de alquiler asumirá las reparaciones y reclamará los daños a los responsables.
- Asesoramiento jurídico telefónico: Que te ayuda a resolver cualquier tipo de duda.
- Defensa jurídica: En el caso de que se tenga que acudir a los tribunales para re
¿Cuánto cuesta un seguro de este tipo?
El precio que cada usuario pague por el seguro de impago de alquiler dependerá de las coberturas contratadas y de sus límites. Cuanta mayor protección se tenga y mayor sea la indemnización mayor será también su coste. También, cuanto más cara sea la vivienda y por lo tanto su alquiler mensual, más se tendrá que pagar por estar asegurado.
Normalmente, el coste medio del seguro de impago alquiler se encuentra entre el 3% y el 5% de las rentas anuales que se obtengan. Pero son múltiples las ventajas que conlleva tener un seguro de este tipo. Para el inquilino la más importante es que le facilita la firma ya que le evita tener que buscar otras alternativas más costosas como los avales bancarios. En el caso del arrendador evita el pago aparte de servicios añadidos como la defensa jurídica o el estudio de solvencia. También para este último, se podrá desgravar el coste del seguro al incluir el alquiler en la declaración de la renta.